Trabajo eventual al filo de la ley

    1143

    Estranguladas por la difícil situación económica que enfrentan cientos de empresas en Jalisco, para seguir operando tienen que recurrir con cada vez mayor frecuencia a prácticas que rozan con la ilegalidad.
    Es el caso del abuso en la contratación de trabajadores eventuales para cubrir sus necesidades, pese a que la legislación laboral establece las condiciones específicas en que pueden ser empleados.
    De acuerdo con estadísticas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ocho de cada 10 nuevos trabajadores son contratados bajo el esquema de “eventual” y solo dos firman contratos permanentes.
    Según el IMSS, hasta marzo de este año, Jalisco había perdido 2,256 empleos formales y hubo tres mil 241 altas de eventuales.
    El Centro Empresarial de Jalisco señala que hasta marzo, de cerca de ocho mil empleos nuevos, seis mil corresponden a trabajadores eventuales y solo alrededor de dos mil tienen planta dentro de las empresas.
    Los contratos eventuales traen como consecuencia que los trabajadores no cuenten con seguridad social, que no tengan certeza de su fuente de ingresos y por lo mismo no puedan establecer compromisos a largo plazo.

    ¿Qué opina la Secretaría del Trabajo?
    El hecho de que durante el primer trimestre del año el número de trabajos eventuales aumentaran por encima de los permanentes, quizá tenga como origen la demanda de bienes y servicios durante semana santa, Día del niño, del maestro o de la madre, considera el secretario del Trabajo y Previsión Social del estado, Raúl Meza Becerra.
    “No es descabellado pensar que durante el primer trimestre del año algunas empresas necesitaran más personal para incrementar su producción, por lo que contrataron trabajadores eventuales”.
    Meza Becerra tampoco descarta como posible causa del incremento en las contrataciones temporales, la ignorancia de algunas personas en torno a la legislación.
    “Estas personas que abren negocios nuevos no tienen asesoría jurídica. Por lo general contratan a administradores o contadores públicos que revisan la ley, pero no son laboralistas.
    “Esta situación no ocurre, por lo general, en las grandes empresas”.
    Explica que los contratos por 28 días o tres meses no existen en la Ley federal del trabajo.
    La práctica de otorgar contratos por un corto periodo la sustentan en el artículo 47 de la Ley federal del trabajo, que permite a un patrón rescindirlos si los empleados durante el primer mes no cumplieron con los atributos que aseguraron poseer al firmar o por falta de documentos. Por igual si la documentación resultó incorrecta o hubo engaño.
    Aclara el funcionario que la ley considera el despido y no la rescisión del contrato. Indica que un trabajador contratado por 28 días, en realidad lo hace por tiempo indefinido cuando subsiste la materia de trabajo.
    En el supuesto de que un empresario contrate a una secretaria por un año y concluido ese tiempo la despide, aunque subsista la materia de trabajo, para contratar otra, la primera tiene derecho a demandar una indemnización o la reinstalación en su puesto.
    “En estos tiempos sobran personas que quieren poner un negocio. Sin conocer las leyes, algunos contratan a sus empleados por un determinado tiempo, para ponerlos a prueba, sin atender a futuras consecuencias”.
    El trabajador en caso de despido puede demandar y tiene derecho a una indemnización por tres meses de salario más otras prestaciones laborales determinadas por la ley.

    Visión de la CTM
    Para el secretario general de la CTM en Jalisco, Rafael Yerena Zambrano, las empresas mantienen la plantilla de sus trabajadores con base a su producción y ventas anuales.
    Detalla que ante el incremento del desempleo en el país y por consiguiente en Jalisco, “los trabajadores no estamos en posibilidad, aunque quisiéramos, de exigir a los empresarios mantener determinada cantidad de trabajadores de planta, porque los forzaríamos a cerrar sus negocios o afectaríamos a los trabajadores de planta”.
    “Nosotros como sindicato somos flexibles en nuestra postura, porque lo que importa es que el trabajador tenga empleo. El mensaje para los empresarios es este: si pueden, si su producción y el manejo de sus empresas les permite tener trabajadores eventuales, denles trabajo”.
    Reconoce que los trabajos eventuales traen como consecuencia incertidumbre en las relaciones laborales. “El trabajador que no tiene una plaza está expuesto a que en cualquier momento el patrón le diga que ya no requiere sus servicios”.
    Informa que si una empresa contrata a un trabajador por 365 días, este tiene derecho a un trabajo base. Sin embargo, en ocasiones transcurre más tiempo para que le den su planta.
    “En un momento determinado el trabajador puede recurrir a un tribunal laboral para que la empresa le dé la base por haber trabajado de manera continua durante uno, dos o tres años”.

    Coparmex da una solución
    Presidente del Centro Empresarial de Jalisco (Coparmex), Fernando Pérez Aguayo sostiene que el incremento en el número de trabajadores eventuales indica que es necesaria una legislación laboral adaptada a los tiempos actuales, ya que los empresarios no solo compiten en el ámbito local, sino también en el global.
    Dice que lo recomendable es que las empresas contraten únicamente el personal que requieren por periodos determinados, ya que la situación empresarial no es favorable a la contratación de personal permanente.
    “Hay empresas cuyas ventas van a la baja. Qué más nos gustaría que hubiese fuentes de empleo, que la gente consiguiera contratos permanentes, pero a veces las circunstancias no nos favorecen”.
    Prueba de la situación difícil que atraviesan las empresas es el número de éstas que han desaparecido en Jalisco: entre 400 y 450 al concluir el primer trimestre del año, es decir, 150 empresas mensuales y cinco cierres por día.
    “Esto puede ser atribuido a que algunas empresas que se formaron a fines del año pasado, trasladaron sus instalaciones a otros estados o países, o simplemente desaparecieron.
    Las empresas podrían enfrentar una situación difícil
    Para el profesor investigador del Departamento de Métodos Cuantitativos, del Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas (CUCEA), Enrique Cuevas, desde el punto de vista del bienestar de las empresas, Jalisco requiere de cambios en la estructura laboral, de flexibilización de los contratos colectivos.
    Detalla que hace algunos años no era necesaria esta flexibilidad, porque las empresas funcionaban con base en el sistema de producción masiva, es decir, fabricaban determinado número de objetos de consumo y luego buscaban colocar sus productos en los mercados.
    “Ahora la situación es distinta: los mercados demandan de las empresas ciertos niveles de producción. En pocas palabras, la demanda es cambiante. Cuando esta aumenta, las empresas deben ser capaces de responder, pero si baja, no les conviene tener inventarios, porque éstos representan pérdidas.
    “¿Qué pasaría desde el punto de vista económico si todos los trabajadores fueran permanentes? Ante una caída de la demanda, las empresas no podrían recuperarse vía las ventas, lo que representaría pérdidas y el enfrentamiento de una situación difícil”.
    Reconoce que la flexibilidad de las jornadas laborales conviene a las empresas, que salen ganando al tener menos compromisos con sus trabajadores eventuales.
    “Estos no tienen las mismas prestaciones que los trabajadores de tiempo completo o permanente, ya que no generan antigí¼edad”.
    La contraparte es el deterioro de las condiciones de vida de los trabajadores eventuales, ya que tienen que buscar constantemente trabajo.
    “Nada garantiza que un trabajador eventual al terminar su contrato sea recontratado por la empresa”.

    Postura flexible
    Contra lo que pudiera pensarse, la CTM asume una posición flexible respecto al tema.
    El dirigente de los trabajadores cetemistas en el estado, Rafael Yerena Zambrano, se mostró a favor de la flexibilización de las jornadas laborales.
    Esto implica que los empresarios contraten personal de acuerdo a sus necesidades e incluso por horas, como sucede en Estados Unidos.
    “Estoy de acuerdo, siempre y cuando los empresarios mexicanos paguen la hora al mismo precio que sus homólogos norteamericanos, ya que si la hora fuera pagada conforme al salario mínimo vigente, saldría alrededor de tres pesos 50 centavos, pago que sería un insulto para los trabajadores”.
    Advierte que uno de los riesgos es que desaparezca de la ley la figura de trabajo de planta y que los trabajadores tengan que renunciar a las prestaciones que reciben ahora, como aguinaldo o jornadas de ocho horas.
    Cuando las crisis ahogan a las empresas, el sacrificado siempre es el trabajador.

    Artículo anteriorDeportistas con síndrome Burnout
    Artículo siguienteEl desafuero ¿cortina de humo?