Intimidad tras las rejas

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Largas filas, horarios, revisiones, miradas y vejaciones son parte del vía crucis de una mujer para visitar de forma íntima a su esposo o cónyuge que se encuentra en prisión, en una habitación que tiene como principal testigo un colchón en una cama de cemento. Un espacio donde muchas veces falta el agua y la luz eléctrica, pero, sobre todo, se ausenta la espontaneidad y la privacidad.
Así lo describe Consuelo Plascencia Vázquez, investigadora del Departamento de Trabajo Social, del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, como resultado de una investigación de campo en el Centro de Readaptación Social del Estado de Jalisco.
La visita íntima fortalece el contacto afectivo y estrecha las relaciones humanas, por ello constituye un derecho que tiene el interno. Sin embargo, personal inadecuado para su control, instalaciones obsoletas, corrupción, enfermedades de transmisión sexual, conflictos de pareja y familiares, así como patrones culturales que influyen en el maltrato a las mujeres, entre otros, contribuyen a que en muchas ocasiones este encuentro no cumpla su objetivo, explica la investigadora.

Autogobierno y corrupción
La cárcel se ha convertido en un lugar privilegiado de abuso de poder dadas las condiciones de vulnerabilidad en la que se encuentran los internos, la falta de observancia de la ley y la carencia de una política eficaz que contribuya a dignificar la vida en las prisiones.
Plascencia Vázquez recuerda que durante el ejercicio de su exploración, se encontró con una organización interna que transgredía la visita íntima y se conducía como un instrumento de poder. “Ellos tomaban decisiones sobre a quien y cómo se ‘prestaba’ un aparato electrónico, un CD, una radio, y decidían a quién le correspondía tal sector de habitaciones, horarios, etcétera”.
La corrupción es tal, que algunos han logrado la visita de más de una pareja (bien se trate de la cónyuge, amante y/o amiga ocasional).
La prostitución también es un recurso para los internos, “ellos deciden prostituir a su pareja. A mí me tocó ver estos casos en el Penal de Oblatos, pero por supuesto que sucede aquí también”, subrayó.
Existen acuerdos “autorizados”, con el propósito de controlar la conducta de los internos-problema o como una recompensa por haber proporcionado información confidencial útil para mantener la seguridad institucional. En el peor de los casos la autorización tiene como objeto conceder un privilegio a reclusos pertenecientes a un grupo de poder, lo que representa una forma de corrupción institucional, se menciona en la investigación.

Marco jurídico
En el estado de Jalisco, el marco jurídico que regula la visita íntima de las personas privadas de la libertad se encuentra en la Ley de Ejecución de Sanciones y en los reglamentos internos de cada uno de los centros penitenciarios.
En el Reglamento del Centro de Readaptación Social del Estado se establece que para disfrutar de la visita íntima los internos deben llenar previamente una forma y la subdirección de Trabajo Social la dictaminará. Las visitas se reciben en los espacios designados y en los horarios debidamente señalados. Además, en el Artículo 86 se destaca que el interno podrá recibir a la esposa o concubina una vez a la semana, y establece que la persona autorizada no podrá ser cambiada en el término de seis meses.
En la visita íntima se tiene prohibido el ingreso de prostitutas.

Tramitología
El Centro de Readaptación Social dispone de tres áreas para visita íntima y cuenta con cuatro horarios, siendo el nocturno el de mayor demanda.
La visitante está obligada a presentar determinados documentos, tales como actas de matrimonio y en caso de unión libre acta de nacimiento de alguno de los hijos, practicarse exámenes médicos de gravidez, VDRL, y Papanicolau.
“A los internos no se les practica ningún tipo de examen, sólo en el caso de tuberculosis”.
Trabajo social brinda pláticas sobre planificación familiar a los internos y sus parejas, poniendo a su disposición preservativos gratuitos. El preservativo es el método anticonceptivo más socorrido por los internos, seguido por el DIU, OTB, método oral y la inyección.
Cuando suceden casos de violencia por parte del interno hacia la pareja, vigilancia reporta a trabajo social y se extiende un parte médico de lesiones.
En este caso la visita íntima se puede suspender, lo mismo cuando el interno consume drogas o en el supuesto de que el interno “trate de sorprender” cuando se le autoriza a una persona e ingresa otra.
De acuerdo a la investigación, la demanda de visita íntima se incrementa en periodo vacacional.

Sexualidad
De acuerdo con la investigación, la situación de reclusión determina diversos grados de abstinencia sexual forzada y sus repercusiones en el ámbito de la prisión dependen de las características psicosexuales del recluso y del grado de permisividad institucional para ejercer su sexualidad.
Se tiene conocimiento de que la frustración de la sexualidad de la población cautiva, los hace proclives a conductas sexuales antinaturales que alteran el orden institucional y constituyen un factor de riesgo para la salud física y mental.
En ese contexto, la visita familiar e íntima, constituye uno de los mejores incentivos para conseguir la readaptación, por lo que debe promoverse y protegerse, de tal forma que se cuide la calidad de la misma y no tanto la frecuencia.

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