Criterios Editoriales de La gaceta de la Universidad de Guadalajara
- La gaceta de la Universidad de Guadalajara es reconocida como medio de comunicación oficial de la Universidad de Guadalajara, y podrá editarse en formato impreso y/o electrónico. Ambas ediciones tendrán carácter institucional.
- La Unidad de Gaceta, adscrita a la Coordinación General de Comunicación Social será la encargada de difundir La gaceta de la Universidad de Guadalajara y cumplir con sus atribuciones, establecidas en el Dictamen Núm. IV/2021/498, del 18 de junio de 2021.
- Los contenidos de la publicación universitaria reflejarán la actividad y resultado de los propósitos sustantivos de la Universidad de Guadalajara: Docencia e innovación académica, Investigación y transferencia tecnológica y del conocimiento; Extensión y responsabilidad social y Difusión de la cultura, planteados en el Plan de Desarrollo Institucional 2019-2025. Visión 2030.
- No serán publicados textos sin propuesta informativa alguna, así como aquellos que inciten la violencia, la destrucción o atenten contra los principios y valores de la Universidad de Guadalajara.
- Los textos a publicar serán redactados de manera clara, con estilo periodístico y en idioma español.
- Las palabras en otros idiomas serán escritas solo si es necesario, traduciendo a los lectores el significado de las mismas; se respetará el uso de dichos términos aún cuando no tienen traducción o pierdan connotación. estas deben ser escritas en cursivas.
- Deben evitarse los tecnicismos. estos solo serán utilizados cuando la información lo requiera, explicando su significado al lector.
- No deben emplearse abreviaturas en los textos, estas solo pueden utilizarse en tablas estadísticas.
- La información a difundir en el medio universitario será publicada de acuerdo a su temática, en la sección correspondiente.
- Las colaboraciones a publicar en La Gaceta de la Universidad de Guadalajara deberán estar firmados por su autor.
- Las expresiones vulgares, obscenas o blasfemas están prohibidas. Como única excepción a esta norma, cabe incluirlas cuando se trate de citas textuales, siempre que procedan de una persona relevante, que hayan sido dichas en público o estén impresas y que no sean gratuitas. Es decir, sólo y exclusivamente cuando añadan información.
- El reportero se limitará a relatar hechos, no escribirá opinión o juicios personales.
- El reportero podrá obtener información tras su presencia en el lugar de los hechos o la narración por una tercera persona. por lo que siempre se citará una fuente, mencionando correctamente nombres, cargo actual, dependencia, Centro Universitario o Sistema al que pertenece él o los entrevistados (fuentes), o quien proporcione la información.
- En cualquier información ya sea de boletines u otros medios informativos deberá citarse siempre el nombre de la fuente.
- Queda prohibida toda manipulación de las fotografías que no sea estrictamente técnica (edición periodística, eliminación de defectos o de transmisión). Ni siquiera se podrá invertir una imagen con el propósito de que la cara de la persona fotografiada dirija su vista a la información a la que acompaña.
- La publicación universitaria rechazará cualquier presión de personas, partidos políticos, grupos económicos, religiosos o ideológicos que traten de poner la información al servicio de sus intereses y/o para acreditación académica.
- La Gaceta de la Universidad de Guadalajara tendrá la tarea y responsabilidad de corregir errores cometidos en sus páginas, a la brevedad de ser detectados.