Académica del CUCSH indicó que son pocas las entidades federativas que han hecho esfuerzos desde el legislativo y el ejecutivo para asegurar los derechos de las personas no binarias y de genero disidente
Los estados de la república mexicana deben armonizar sus legislaciones con las reformas a la Constitución Mexicana y las normativas internacionales para garantizar la identidad y el ejercicio de sus derechos a las personas no binarias en el país, afirmó Irma Ramos Salcedo, académica del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades.
Explicó que hasta ahora muchas entidades, entre ellas Jalisco, no garantizan el derecho a la identidad para quienes forman parte de las llamadas disidencias de género, lo que vulnera derechos consagrados en organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas.
El artículo 6, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la que México está suscrito, señala que “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”, al igual que en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“Hay una reforma constitucional que permite que se haga este reconocimiento a la identidad de género para que las legislaciones de entidades federativas modifiquen los códigos civiles y garantizar el reconocimiento jurídico de las personas, y luego de un documento que permita ese reconocimiento de la identidad de género, como es el acta de nacimiento”, indicó.
Afirmó que son pocas las entidades federativas que han hecho esfuerzos desde el legislativo y el ejecutivo para asegurar los derechos de estas personas. En Jalisco, por ejemplo, no es posible negar la vulnerabilidad en la que se encuentran las personas no binarias ya que no están reconocidas en el ejercicio al derecho de la personalidad jurídica respecto a la identidad de género.
Se debe definir lo que las autoridades entienden como identidad de género, para que esto quede reflejado en el código civil y, a su vez, esté en la normatividad del Registro civil, que es la autoridad encargada de conceder la personalidad jurídica mediante el acta de nacimiento para ejercer sus derechos ciudadanos
El artículo primero del Código Civil para el Estado de Jalisco establece que la Ley dará trato igual a las personas en el reconocimiento de sus derechos y se reconoce que toda persona física es todo ser humano, aunque el artículo 19 se limita a hablar de la personalidad jurídica, pero no establece los casos de excepción cuando se trata de personas no binarias, trans no binarias o de genero disidente.
“No establece lo que se debe entender como identidad de género y tampoco el procedimiento que tendría que seguir esta autoridad para conceder este documento. Hasta ahora el procedimiento consiste en una solicitud de adecuación del acta que les permita a las personas no binarias acceder al disfrute de los derechos emanados de esta personalidad jurídica”, explicó.
Añadió que, en la actualidad, los casos en los que se ha logrado hacer adecuación del acta de nacimiento han sido posibles mediante juicios de amparo, lo que habla de que la entidad no se ha armonizado y no se hace responsable de cumplir con obligaciones que no son sólo nacionales, sino de carácter internacional.
La académica propuso varias acciones para que las entidades avancen al reconocimiento de los derechos de este grupo de la población: